Buena nota para el vending en Cataluña: Cero reclamaciones y máximo cumplimiento

HOSTELVENDING.COM 18/07/2026.- La región catalana es uno de los mayores ejemplos de madurez normativa en cuanto a vending, un sector que opera sin conflictos ni reclamaciones.
Regulación exigente, pero bien integrada; un sector adaptado, profesional y, sobre todo, sin sobresaltos. Así lo refleja el artículo publicado por la revista de la ACVIU, firmado por Jordi Travé, director del Servicio de Normativa y Soporte Jurídico de la Agència Catalana del Consum, durante la pasada Asamblea de la asociación de vending.
Así, valora Travé, en Cataluña, el sector de la distribución automática no da problemas, conflictos abiertos o reclamaciones formales. Un dato que, dentro de un escenario cada vez más asfixiante y competitivo, alienta y brinda valor a la industria.
El marco legal es exigente, pero bien asumido
La base de este buen funcionamiento se encuentra en la Ley 22/2010, del Código de Consumo de Cataluña, en el que se contempla la venta automática como una "modalidad especial de relación de consumo". Y es ese matiz el que exige una serie de obligaciones concretas para los operadores, más allá de la instalación de máquinas y reposición de producto.
Porque, además, y ya lo hemos mencionado desde Hostelvending muchas veces, el operador debe ser más, mucho más que eso: es un asesor que acompaña a su cliente, observa el espacio y extrae sus necesidades y posibilidades. Y que acompaña durante todo el proceso.
Volviendo al marco normativo, entre los puntos clave de estos apuntes, destaca:
-Información visible del operador -nombre, dirección y contacto (telf. gratuito)-.
-Detalle de producto, precio, formas de pago y política de devolución o cambio.
-Comprobante de compra con cinco años de margen para su implantación en equipos antiguos.
Asimismo, la ley fija una responsabilidad subsidiaria para el titular del espacio, si ocurre que el operador no esté debidamente identificado.
Un sector colaborativo y que sabe anticiparse
Según recoge la ACVIU, estas buenas notas en materia legal son el eco del acuerdo entre la asociación y la Agéncia Catalana del Consum, establecido en 2028. En efectos prácticos, se traduce en un código de buenas prácticas que, pese a ser voluntario, ha demostrado ser un gran instrumento para mantener esos estándares del sector.
Rangos de mejora: el pago electrónico
Pero siempre hay tareas pendientes si se quiere lograr la excelencia en el servicio. Sobre todo, lo importante es no quedarse en el inmovilismo, aceptar el cambio y aprender de él.
Por su parte, señala Travé, una de las tareas pendientes en el ámbito normativo sería la falta de mención expresa a los pagos electrónicos en la legislación actual. La regulación debe ponerse al día para incorporar los nuevos hábitos digitales (pagos sin contacto, a través de apps móviles...).
Un hecho que conecta directamente con la tendencia general del sector de la distribución automática hacia la automatización más avanzada, el uso de pasarelas de pagos inteligentes y sistemas integrados; un tema que en Hostelvending ya estamos desarrollando a fondo de cara a nuestro próximo gran reportaje.